Usar un desfibrilador externo en una emergencia es una actuación decisiva que puede salvar una vida. Pero cuando la intervención termina y llegan los servicios sanitarios, todavía queda una parte importante del proceso: comunicar correctamente lo ocurrido y dejar constancia del uso del DEA/DESA.
En esos casos, las normativas regionales en España establecen protocolos estrictos de comunicación y registro para garantizar la continuidad asistencial y el control de los sucesos. ¿A quién debo avisar?, ¿qué documentación hay que entregar?, ¿es obligatorio registrar el incidente? En este artículo te explicamos, de forma sucinta, cuáles son los protocolos de comunicación y registro que deben seguirse tras utilizar un desfibrilador externo en un espacio público o privado.
Comunicación Inmediata del uso del DEA
Ante una parada cardiorrespiratoria, no hay que esperar a terminar de usar el DEA/DESA para avisar a emergencias. La llamada al 112 o 061 debe realizarse durante la intervención, en cuanto se detecta la situación y se inicia la cadena de supervivencia.
Lo más eficaz es actuar de forma coordinada: una persona comienza la RCP y prepara el desfibrilador, mientras otra contacta con emergencias. Durante esa llamada se debe indicar qué ha ocurrido, dónde se encuentra la persona afectada y que se está utilizando un DEA/DESA.
Esta comunicación permite que los servicios sanitarios guíen la actuación, movilicen recursos y activen el soporte vital avanzado lo antes posible. Usar el desfibrilador es clave, pero avisar durante la intervención garantiza que la ayuda profesional ya esté en camino.
Notificación y Registro Post-Incidente
Una vez finalizada la intervención, el responsable del espacio donde se ubica el desfibrilador debe formalizar la notificación ante las autoridades sanitarias competentes. Los plazos y documentos varían según la región:
- Plazo de 24 horas: En Canarias y La Rioja, se debe remitir la hoja de datos y el registro eléctrico en un máximo de 24 horas.
- Plazo de 48 horas: En Cantabria, el responsable debe enviar la hoja de asistencia y el registro informatizado del DEA a la Gerencia de Atención Primaria.
- Plazo de 72 horas (3 días): Es el estándar en regiones como Andalucía, Baleares, Comunidad Valenciana, País Vasco y Madrid.
- Plazo de una semana: En Castilla y León, el informe y la información del episodio deben enviarse en un máximo de siete días.
- Melilla: Se requiere una hoja de asistencia para el 061 y, adicionalmente, una memoria anual de uso a la Dirección General de Sanidad.
Documentación Obligatoria a Remitir
El protocolo de registro suele exigir la entrega de los siguientes documentos:
- Hoja de Asistencia / Informe Clínico: Un documento cumplimentado por la persona interviniente que detalle los datos del paciente, el lugar, la hora de la parada y las maniobras realizadas (muchas veces siguiendo el modelo Utstein).
- Registro Electrónico del DEA: Es obligatorio entregar el registro digital o impreso que el propio equipo genera, el cual contiene el análisis del ritmo cardíaco y las descargas administradas.
- Identificación de la persona interviniente: Debe constar quién utilizó el aparato y si disponía de la formación acreditada necesaria.
Incumplir estos protocolos (especialmente no avisar a emergencias o no comunicar el uso en los plazos legales) está tipificado como una infracción administrativa, que puede ser calificada como leve o grave dependiendo de la región y del daño causado.
En resumen
Para entenderlo de forma sencilla, el protocolo tras utilizar un DEA funciona como una “caja negra” del incidente: durante la emergencia se activa la ayuda inmediata mediante la llamada al 112 o 061 y, una vez finalizada la intervención, se conservan y comunican los datos relevantes.
El registro electrónico del desfibrilador y la hoja de asistencia permiten reconstruir lo ocurrido, facilitar el seguimiento sanitario de la persona atendida y mejorar la respuesta ante futuras emergencias.




